Auto Supremo AS/0262/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2002

Fecha: 20-Jul-2002

CONSIDERANDO: Que examinado el recurso, si bien evidencia su defectuoso pedido relativo a que el


CONSIDERANDO: Que examinado el recurso, si bien evidencia su defectuoso pedido relativo a que el Tribunal Supremo declare "procedente el mismo", empero advierte la acusación concreta de que el Auto de Vista recurrido, incurrió en errónea y parcializada apreciación de las pruebas, y en la violación del art. 5 de la Ley de Organización Judicial, con relación a la preferente aplicación de disposiciones constitucionales y el Reglamento Interno de la institución demandada que constituye la ley especial, por cuanto el contrato de consultoría suscrito con el demandante fue ley entre partes de acuerdo a lo previsto en los arts. 519 y 510 del Código Civil, más aún si durante esta relación profesional emitió facturas por concepto de sus honorarios. Por estas circunstancias así acusadas, se determina la procedencia y admisibilidad del recurso deducido a fs. 166-167