Con relación a las tercerías interpuestas por Ana María Patiño Durán, Edilberto Guzmán Gutiérrez y
Con relación a las tercerías interpuestas por Ana María Patiño Durán, Edilberto Guzmán Gutiérrez y Alberto Caballero Montes, las declara improbadas y dispone la confiscación a favor del Estado del inmueble sito en la zona de Chiquicollo, del departamento ubicado en la calle Agustín López No. 1135, de la vagoneta placa CUK-549 así como el dinero, joyas y celular incautados según actas de fs. 52, 61 y 70 de obrados
- CONSIDERANDO: Que a fs
- A los procesados Angel Fernando Siles Landa y Reynaldo Hinojosa Ramos los declara autores del
- Con relación a las tercerías interpuestas por Ana María Patiño Durán, Edilberto Guzmán Gutiérrez y
- CONSIDERANDO: Elevado el proceso en grado de apelación la Sala Penal Segunda de la Corte
- CONSIDERANDO: Contra el referido Auto de Vista recurren de casación el Ministerio Público, los incriminados
- El procesado Mario Guzmán Gutiérrez, denuncia la violación de leyes sustantivas como el art
- Los procesados Angel Fernando Siles y Reynaldo Hinojosa Ramos, denuncian infracción de normas sustantivas por
- Por su parte María Teresa Domínguez de la Fuente, denuncia violación de los arts
- A fs
- A su vez los hermanos Julia, Adelaida, Raimundo, Edilberto y Máximo Guzmán Gutiérrez, piden casar
- Por su parte Ana María Patiño Durán, denuncia la infracción de leyes sustantivas establecidas en
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los datos del proceso se establece, merced a las
- En cuanto a los procesados Angel Fernando Siles Landa y Reynaldo Hinojosa Ramos, se establece
- CONSIDERANDO: Que, en cuanto a los recursos de casación interpuestos por los terceristas: Edilberto Guzmán
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez.- Secretario de Cámara
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