La Sala Civil Primera como tribunal ad quem pronuncia el auto de vista de fojas
La Sala Civil Primera como tribunal ad quem pronuncia el auto de vista de fojas 268 y vuelta en fecha 1 de noviembre de 2002, disponiendo la nulidad del auto de fojas 59 vuelta -concesivo de la alzada- y rechazando ésta por su improcedencia, llamando severamente la atención al inferior por esa concesión indebida
- RESULTANDO: Que en este proceso, el juez A quo pronuncia el auto definitivo de fecha
- Este auto está complementado a fojas 235 en fecha 6 de julio de 2002 por
- La Sala Civil Primera como tribunal ad quem pronuncia el auto de vista de fojas
- Es contra esta resolución de segundo grado que la parte actora recurre de casación, sosteniendo
- Que debidamente respondida la impugnación, se pasa a resolverla conforme a la normativa jurídica que
- CONSIDERANDO: Que el auto de vista niega ingresar al fondo de la alzada considerando que
- El arbitraje es un medio alternativo de solución de conflictos, pudiendo someterse al mismo las
- Bajo esta premisa, se tiene: a) Que en materia de impugnaciones es de observancia el
- Que el Juez del auxilio judicial puede rechazar de oficio la ejecución forzada de un
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, ejerciendo la competencia que
- Sin responsabilidad por ser excusable el error en que ha incurrido
- Ministro Relator: Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Proveído : Sucre, 20 de octubre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
