Auto Supremo AS/0596/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0596/2003

Fecha: 27-Nov-2003

Por su parte Bonifacio Mendoza Landa y Francisco Zubieta Saavedra, denuncian infracción de la ley


Por su parte Bonifacio Mendoza Landa y Francisco Zubieta Saavedra, denuncian infracción de la ley sustantiva, por errónea aplicación del art. 224 del Código Penal, dado que sus conductas no enmarcan a dicho tipo penal, que su participación es el haber sido integrantes del Comité Ad -Doc conformado para calificar las propuestas presentadas para la construcción del puente vehicular de Esquiri, y correspondía a ejecutivos del Fondo de Desarrollo Campesino y la Alcaldía Municipal de Puna el adjudicar las obras; no invocan ningún precedente, habiendo sido admitidos sus recursos en aplicación del art. 397 del Código de Procedimiento Penal