A la procesada María Lourdes Stolzel, autora del delito de instigación sancionado por el art
A la procesada María Lourdes Stolzel, autora del delito de instigación sancionado por el art. 56 de la Ley 1008, con relación al 8vo. del Código Penal Auto de fs. 295, condenándola a la pena de cuatro años de presidio a cumplir en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes y las correspondientes sanciones accesorias de ley
- de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que a fs
- A la procesada María Lourdes Stolzel, autora del delito de instigación sancionado por el art
- Al procesado Wilder Céspedes Gonzáles, autor del delito de cómplice en la instigación, incurso en
- CONSIDERANDO: Que en grado de apelación, la Corte de alzada mediante Auto de Vista de
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista señalado al exordio, recurre de casación la procesada
- CONSIDERANDO: Que del estudio exhaustivo de los datos y elementos que informan la causa, que
- En cuanto a la coprocesada María Lourdes Stolzel al haber encargado a Beatriz Quispe Ibáñez
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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