No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la atribución 1ª del art. 59 de la Ley de Organización Judicial, de acuerdo con el requerimiento Fiscal de fs. 355-356, y en aplicación de lo establecido por el art. 307-2º) del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADOS los recursos de casación interpuestos a fs. 346-348 y 349-350 de obrados, con costas.
No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que a fs
- A la procesada María Lourdes Stolzel, autora del delito de instigación sancionado por el art
- Al procesado Wilder Céspedes Gonzáles, autor del delito de cómplice en la instigación, incurso en
- CONSIDERANDO: Que en grado de apelación, la Corte de alzada mediante Auto de Vista de
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista señalado al exordio, recurre de casación la procesada
- CONSIDERANDO: Que del estudio exhaustivo de los datos y elementos que informan la causa, que
- En cuanto a la coprocesada María Lourdes Stolzel al haber encargado a Beatriz Quispe Ibáñez
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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