CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista señalado al exordio, recurre de casación la procesada
CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista señalado al exordio, recurre de casación la procesada Beatriz Quispe Ibáñez a fs 346-348, denunciando la violación del art. 48 de la Ley 1008, con relación al art. 8vo. del Código Penal y pide al Supremo Tribunal se la declare absuelta de culpa y pena. Buscando la revisión del fallo, el procesado Wilder Céspedes Gonzáles con los fundamentos contenidos en el recurso de casación de fs. 349-350, acusa el quebrantamiento de los arts. 135, 244 y 290 del Código de Procedimiento Penal y la violación de los arts. 56 de la Ley 1008 en relación a los arts. 8vo. y 27-2) del Código Penal, impetrando al Supremo Tribunal se case el Auto de Vista aludido
- de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que a fs
- A la procesada María Lourdes Stolzel, autora del delito de instigación sancionado por el art
- Al procesado Wilder Céspedes Gonzáles, autor del delito de cómplice en la instigación, incurso en
- CONSIDERANDO: Que en grado de apelación, la Corte de alzada mediante Auto de Vista de
- CONSIDERANDO: Que contra el Auto de Vista señalado al exordio, recurre de casación la procesada
- CONSIDERANDO: Que del estudio exhaustivo de los datos y elementos que informan la causa, que
- En cuanto a la coprocesada María Lourdes Stolzel al haber encargado a Beatriz Quispe Ibáñez
- No interviene el Ministro Dr. Carlos Tovar Gützlaff, por encontrarse ausente con licencia
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
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