Auto Supremo AS/0131/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2003

Fecha: 10-Abr-2003

CONSIDERANDO: Que no obstante esos óbices legales que acusa la impugnación extraordinaria, del conjunto de


CONSIDERANDO: Que no obstante esos óbices legales que acusa la impugnación extraordinaria, del conjunto de probanzas rendidas por las partes, en especial del documento de fs. 3, los documentos de fs. 23 a 27 y 87 a 108, informes de fs. 5 a 8, documentos de fs. 9 y 111, se infiere que no existió una relación laboral entre el demandante y demandado que suponga vínculo de subordinación y dependencia, pues, lo que se tiene probado es que hubo prestación de servicios profesionales en la especialidad y asesoramiento, trabajo por el cual se le reconocieron honorarios como informan los documentos de pago y las confesiones de ambos contendientes en folios 128 y 130, tomando en cuenta las atenciones realmente prestadas por el Médico Veterinario