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    Auto Supremo AS/0182/2003
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0182/2003

    Fecha: 05-May-2003

    Dra. Patricia Parada Loras


    Dra. Patricia Parada Loras
    • DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - División de Inmueble
    • RESULTANDO: Que en este proceso ordinario de conocimiento, el Juez Sexto de Partido en lo
    • En apelación contra dicho auto promovida por las demandadas y reconvencionistas, es revocado por el
    • Acusan también, la falta de intervención del vocal semanero en el sorteo de esta causa,
    • CONSIDERANDO: Que ante tantas y variadas causas de nulidad invocadas en el recurso, resulta necesario
    • Sobre estas causas, es decir, la adhesión a la demanda por parte de Urbana Vaca,
    • Que con relación a la no intervención del vocal semanero en el sorteo de esta
    • En conclusión, no hay mérito para dar curso a la solicitud de nulidad por las
    • CONSIDERANDO: Que con referencia a la nulidad que fuera decretada por el Juez a quo
    • 2) Con este marco legal revisado el proceso, a partir de fs
    • 3) La notificación con el auto de prueba que incluye la calificación del proceso, concesión
    • 4) Que es deber del Juez evitar que el proceso se desarrolle con vicios y
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • Se impone multa de Cien bolivianos al Secretario del Juzgado Quinto de Partido en lo
    • Regístrese y devuélvase
    • Proveído : Sucre, 5 de mayo de 2003
    • Dra. Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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