Auto Supremo AS/0185/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2003

Fecha: 08-May-2003

Por otro lado, si bien en la instancia el co demandado Erick Olender Mejía ya


Por otro lado, si bien en la instancia el co demandado Erick Olender Mejía ya había opuesto en su defensa la excepción de prescripción, resuelta por los de grado desfavorablemente para el excepcionista, sin embargo honrando el principio del debido proceso y toda vez que la co demandada Galith Olender Mejía tiene merced a su legítimo derecho a la defensa, las excepciones previstas por el art. 336 del Adjetivo Civil y que podía válida y legalmente oponerlas contra la acción de su demandante, no puede el órgano jurisdiccional coartarle su derecho de interponer cuanta excepción creyere por conveniente oponer, habida cuenta que el litisconsorcio pasivo que forma con Erick Olender Mejía no la reata a la defensa que éste pudiera ejercer en su propio beneficio