Auto Supremo AS/0199/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2003

Fecha: 06-Jun-2003

POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo


POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ejerciendo la competencia que le reconoce el ordinal 1) del art. 58 de la Ley de Organización Judicial, aplicando el art. 271-2) del Código de Procedimiento Civil declara INFUNDADO el recurso, con costas