CONSIDERANDO: Que contra la resolución señalada al exordio, recurre de nulidad y casación el procesado
CONSIDERANDO: Que contra la resolución señalada al exordio, recurre de nulidad y casación el procesado Alvaro Omar Landa Durán a fs. 4.494 - 4.498, denunciando centralmente la violación de los arts. 345 y 349-3) del Código Penal, arts. 29-2), 30, 31, 32 y 33 del nuevo Código de Procedimiento Penal que regulan el régimen de la prescripción y la vulneración del art. 31 y 33 de la Constitución Política del Estado al haber actuado los Tribunales inferiores sin jurisdicción ni competencia, así como la indebida aplicación del art. 243 del Código de Procedimiento Penal; por lo que pide al Supremo Tribunal se declare improbada la demanda o querella y alternativamente extinguida y prescrita la acción penal con el consiguiente archivo de obrados
- CONSIDERANDO: Que el Juez 2do
- CONSIDERANDO: Que contra la resolución señalada al exordio, recurre de nulidad y casación el procesado
- CONSIDERANDO: Que analizados los actuados del proceso en relación a los fundamentos del Auto de
- 2º
- 3º
- CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos está plenamente demostrado que el procesado con su
- La doctrina enseña que el delito de apropiación indebida, se consuma en el momento en
- Por lo expuesto, los Tribunales inferiores al haber calificado la conducta del procesado en la
- RELATOR: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara
