Auto Supremo AS/0176/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0176/2003

Fecha: 15-Sep-2003

CONSIDERANDO: Que de la revisión del proceso así como de los términos del recurso, se


CONSIDERANDO: Que de la revisión del proceso así como de los términos del recurso, se establece lo siguiente:

Con relación a la principal de las controversias, referida a la causal de despido del trabajador, resulta imprescindible que el juzgador tenga en consideración que si bien el objeto del proceso es el reconocimiento de los derechos consignados en la ley substancial, ha de velarse en todo caso porque en tal propósito no se justifique, negligencia e irresponsabilidad en el trabajador. En tal sentido, cursa a fs. 12 de obrados Informe emitido por el Inspector de Trabajo Jorge H. Vizcarra Silva, por el que se evidencia que el demandante, Vicente Juchani Aduviri, dentro de sus específicas funciones laborales, realizó su trabajo con descuido y negligencia, teniendo como resultado: mala impresión, impresión fuera de margen, manchas en siete trabajos, que demandó se contrate a otro personal para la corrección de los mencionados errores, negándose éste a reparar su error y corregir el material mal impreso. La labor del demandante, como Técnico de Primera de OFFSET COLOR S.R.L., ciertamente conlleva responsabilidad en la realización del trabajo, circunstancia por la que extraña de sobre manera más que el mal trabajo elaborado, la negativa de éste a reparar el trabajo deficiente, como se constata en el Informe de fs. 12, siendo esta responsabilidad única del demandante