CONSIDERANDO: Que, contra el referido fallo de segunda instancia, el representante del Ministerio Público y
CONSIDERANDO: Que, contra el referido fallo de segunda instancia, el representante del Ministerio Público y los imputados interpusieron recursos de casación, con los fundamentos que contienen los memoriales de fs. 223-224, 216-221vta., 225-226 vta., 227-228 vlta., que fueron admitidos mediante Auto Supremo de fs. 241por la Sala Penal de éste Tribunal y previo análisis de fondo y desglose de los agravios sostenidos por los recurrentes, emitió el Auto Supremo de fs. 245-249 por el que a tiempo de establecer la doctrina legal aplicable referida a la imposición de la pena en delitos de transporte de sustancias controladas cuanto existe la agravante de volúmenes mayores de droga incautada, DEJÓ SIN EFECTO el Auto de Vista impugnado y a la vez declaró INFUNDADOS los recursos de los imputados, por considerar que no existía contradicción con los precedentes contradictorios invocados
- AUTO SUPREMO Nº 317 - Penal Sucre, 29 de octubre de 2004
- PARTES: Ministerio Público c/ Guillermo Reyes Ardaya Vaca y otros
- RELATORA: MINISTRA DRA.-Virginia Kolle Caso
- CONSIDERANDO: Que dentro del proceso oral señalado al exordio, el Tribunal de Sentencia de Concepción,
- Que contra dicha sentencia, de fs
- CONSIDERANDO: Que, contra el referido fallo de segunda instancia, el representante del Ministerio Público y
- CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del referido Auto Supremo, el Tribunal Ad quem, emitió Auto de
- Que, contra dicha resolución los imputados Guillermo Reyes Ardaya Vaca, Teddy Santos Palacios Molina y
- CONSIDERANDO: Que, la Sala Penal de la Corte Suprema, a tiempo de emitir el Auto
- Por lo señalado, se concluye que no existe contradicción en los términos del artículo 416
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Virginia Kolle Caso
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 29 de octubre de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
