CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del referido Auto Supremo, el Tribunal Ad quem, emitió Auto de
CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del referido Auto Supremo, el Tribunal Ad quem, emitió Auto de Vista de fs. 255-255 vlta., por el que al considerar que los imputados fueron aprehendidos en forma flagrante en posesión de una cantidad considerable de cocaína, aplicando las normas previstas por los artículo 38 inciso 2) del Código Penal y artículos 33 inciso m), 48 y 55 de la Ley No. 1008, admitió y declaró Procedente en forma parcial el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y aumentó la pena de los imputados a nueve (9) años de presidio
- AUTO SUPREMO Nº 317 - Penal Sucre, 29 de octubre de 2004
- PARTES: Ministerio Público c/ Guillermo Reyes Ardaya Vaca y otros
- RELATORA: MINISTRA DRA.-Virginia Kolle Caso
- CONSIDERANDO: Que dentro del proceso oral señalado al exordio, el Tribunal de Sentencia de Concepción,
- Que contra dicha sentencia, de fs
- CONSIDERANDO: Que, contra el referido fallo de segunda instancia, el representante del Ministerio Público y
- CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del referido Auto Supremo, el Tribunal Ad quem, emitió Auto de
- Que, contra dicha resolución los imputados Guillermo Reyes Ardaya Vaca, Teddy Santos Palacios Molina y
- CONSIDERANDO: Que, la Sala Penal de la Corte Suprema, a tiempo de emitir el Auto
- Por lo señalado, se concluye que no existe contradicción en los términos del artículo 416
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dra. Virginia Kolle Caso
- Dr. Carlos Rocha Orosco
- Sucre, 29 de octubre de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
