POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista de 27 de octubre de 2003 emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Eunice Fernández Solíz y se dispone que la misma Sala pronuncie nueva resolución de acuerdo a la doctrina legal
- Transporte de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por una de las Fiscales de Sustancias Controladas el
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación de referencia, admitido mediante Auto de 2 de abril
- Que el Auto de Vista presentado como precedente contradictorio, explicó que, significando la palabra "transporte"
- Que el caso de autos se originó en que la policía aduanera con servicio en
- Que del análisis del caso de autos se puede apreciar que, si bien efectivamente corresponde
- Que haciendo una recomendación en sentido de una función más cuidadosa por parte del Ministerio
- Que en mérito a esa doctrina, en el caso de autos, no debe afirmarse que,
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
- De acuerdo al artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, póngase en conocimiento de Tribunales
- Relator: Ministro Dr. José Luis Baptista Morales
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintiuno de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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