En tal sentido y de acuerdo a la interpretación doctrinal del derecho fuente de nuestra
En tal sentido y de acuerdo a la interpretación doctrinal del derecho fuente de nuestra legislación, que ha sido reconocida y admitida con carácter universal, se ha previsto tomar en cuenta las situaciones siguientes que pueden presentarse, y que también las ha recogido la legislación nacional:
1.-) Si el contrato ha sido cumplido, las arras deberán ser restituidas al que cumple o se imputará a la prestación debida con la calidad de pago a cuenta del precio
- DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Ordinario (Resolución de Contrato)
- MINISTRA RELATORA: Dra. Nelly De la Cruz de Palomeque
- Dicha sentencia fue apelada por los demandantes a fs
- CONSIDERANDO: Que José Luís Álvarez Cáceres en sus fundamentos inicialmente reconoce no haber cumplido de
- Evidentemente que este tipo de negocio jurídico regula sobre un contrato con prestaciones recíprocas, en
- En tal sentido y de acuerdo a la interpretación doctrinal del derecho fuente de nuestra
- 2
- CONSIDERANDO: Que en relación a lo anteriormente expuesto, no se ha acreditado tanto por el
- En cuanto al criterio expuesto en el Auto de Vista impugnado, se encuentra que el
- Con el análisis cumplido se llega a la conclusión de que tribunal de apelación ha
- Al existir error in judicando se hace necesario aplicar en este caso la preceptiva señalada
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
- No siendo excusable el error del tribunal ad quem se impone responsabilidad a cada uno
- De acuerdo a lo dispuesto por el art
- Relatora: Ministra Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dra. Nelly De La Cruz de Palomeque
- Dr. Gonzalo Castellanos Trigo
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda
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