Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0227/2004
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0227/2004

    Fecha: 30-Nov-2004

    Con tales argumentos pide anular obrados con reposición, o casar el auto de vista recurrido


    Con tales argumentos pide anular obrados con reposición, o casar el auto de vista recurrido y deliberando en el fondo desestimar la demanda manteniendo firme y subsistente el vínculo conyugal, dejando sin efecto las medidas provisionales y precautorias adoptadas
    • PARTES : Emma Gladys Villegas Guzmán c/ Gabriel Méndez C
    • CONSIDERANDO: Dictada la sentencia de fs
    • CONSIDERANDO: En el recurso de casación en la forma, apoyándose en el art
    • En el recurso de casación en el fondo, acusa la violación del art
    • Con tales argumentos pide anular obrados con reposición, o casar el auto de vista recurrido
    • CONSIDERANDO: Examinado el proceso, este Tribunal, en lo que toca al recurso de casación en
    • En cuanto al recurso de casación en el fondo, en el que señala que el
    • Pero, acusa también de haberse lesionado el art
    • POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
    • Se impone multa al recurrente que se gradúa en la suma de Bs
    • Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
    • RELATOR: Ministro Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Proveído : Sucre, 30 de Noviembre de 2004
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera
    • ?? ?? ?? ??

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca