Auto Supremo AS/0227/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2004

Fecha: 30-Nov-2004

POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad


POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad que le confieren los arts. 271-1 y 272 del señalado Código de Procedimiento Civil, de acuerdo en parte con el dictamen del Fiscal General de la República declara IMPROCEDENTE el recurso de casación en la forma, y en cuanto al de casación en el fondo, lo declara INFUNDADO, conforme a los arts. 271-2 y 273 del mismo cuerpo legal; con imposición de costas