En el sub lite, se infiere que no concurren simultáneamente las tres condiciones a que
En el sub lite, se infiere que no concurren simultáneamente las tres condiciones a que se refiere el art. 1319 del sustantivo civil, por cuanto, si bien es cierto que entre las mismas partes se tramitó en la vía ejecutiva una acción forzosa persiguiendo el pago de obligación, no se puede desconocer que el presente proceso es un ordinario de nulidad de documento público, cuya causa es totalmente diferente del proceso de ejecución, por lo que la tríada de identidades no se da en autos
- CONSIDERANDO: El auto de vista revoca el auto interlocutorio definitivo de 31 de mayo de
- Contra la resolución de vista, los demandados recurren de casación en el fondo, acusando violación
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función al recurso interpuesto, se infiere
- CONSIDERANDO: Que, nuestro ordenamiento jurídico reconoce como "cosa juzgada" a todo aquello que ha sido
- Para el tratadista Alsina, (Tratado de Derecho Procesal, tomo IV, pág
- En el sub lite, se infiere que no concurren simultáneamente las tres condiciones a que
- Que, la cosa juzgada formal que causan los fallos emitidos en un proceso ejecutivo se
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Kenny Prieto Melgarejo
- Proveído : Sucre, 10 de marzo de 2004
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
