Auto Supremo AS/0054/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0054/2004

Fecha: 10-Mar-2004

POR TANTO: La Sala Civil de la Excma


Que el tribunal ad quem al revocar el fallo de instancia que acoge la excepción de cosa juzgada opuesta por los demandados y revocar la decisión, ha realizado una interpretación correcta de las normas legales contenidas en los arts. 1319 y 1451 del Código Civil y 515 de su Procedimiento, al considerar que el presente proceso no es una ordinarización del ejecutivo fenecido, sino una acción ordinaria de nulidad de documento, a la que le es aplicable la normativa prevista en el art. 552 del Código Civil, que otorga carácter de imprescriptible a la acción de nulidad, correctamente aplicada en el caso que nos ocupa, por lo que corresponde al Tribunal Supremo aplicar la normativa contenida en los arts. 271-2) y 273 del adjetivo civil,

POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, declara INFUNDADO el recurso, con costas. No se regula el honorario de abogado, por no haber sido contestado el recurso