Auto Supremo AS/0232/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0232/2004

Fecha: 04-Jun-2004

Recurrido el fallo en casación por el Ministerio Público, la Sala Penal de la Corte


Recurrido el fallo en casación por el Ministerio Público, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia admite el recurso y a los efectos de los arts. 419 y 420 del Código de Procedimiento Penal, DEJA SIN EFECTO la resolución recurrida, determinando que la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito de La Paz, dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal establecida, que entiende que, a partir del Auto Supremo N° 417 de 19 de agosto de 2003, el delito de transporte de substancias controladas no admite el grado de tentativa, siendo indiferente si la substancia llegó o no a su destino ni la distancia recorrida y, por otra parte, que la pena de días multa, no puede superar el máximo establecido por la ley penal material, es decir, la suma de 500 días multa