Auto Supremo AS/0232/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0232/2004

Fecha: 04-Jun-2004

Sin embargo, del análisis del Auto de Vista recurrido, se advierte que de manera contraria


Sin embargo, del análisis del Auto de Vista recurrido, se advierte que de manera contraria a lo también dispuesto en calidad de doctrina legal aplicable establecida a través del Auto Supremo N° 597 de 27 de noviembre de 2003 para el caso en concreto, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de La Paz, no ha cumplido de manera cabal el entendimiento asumido por el Tribunal Supremo, toda vez que vulnerando la disposición contenida en el art. 29 del Código Penal (Ley N° 1768 de 10 de marzo de 1997), ha mantenido la errónea calificación de mil días multa, cuando el máximo de esta pena es de quinientos días multa. Extremo que en aras del principio de legalidad, por el cual corresponde aplicar al caso concreto la pena previamente establecida por la ley penal material, debe ser corregido en la presente resolución, toda vez que constiuye la última oportunidad disponible para el imputado