Auto Supremo AS/0402/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0402/2005

Fecha: 06-Oct-2005

Que la Sentencia Constitucional determina que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y


Que la Sentencia Constitucional determina que el órgano jurisdiccional debe analizar en términos objetivos y verificables los orígenes o motivos de dilación del proceso, señalando además que la extinción sólo puede ser conforme a la Constitución cuando se constate que la no-conclusión del proceso dentro del plazo máximo establecido por la disposición procedimental citada es atribuible a omisiones o falta de diligencia debida de los órganos administrativos o jurisdiccionales, del sistema penal y no a acciones dilatorias del imputado