2
2.- Que el Auto de Vista recurrido infringe la ley procesal al realizar una nueva valoración, analizando incluso las atestaciones de los testigos, infringiendo su función de contralor superior tendente a corregir vicios injudicando. Pero que en forma por demás extraña, suprime la sanción por los delitos cometidos por la imputada con la aplicación de oficio de la denominada "excepción de verdad" contemplada en el art. 286 del Código Penal
- CONSIDERANDO: que, a fs
- CONSIDERANDO: que, la querellante mediante su apoderada recurre de casación con los fundamentos que contiene
- 2
- 3
- CONSIDERANDO: que, admitido el recurso de casación, corresponde en el marco legal, analizar los fundamentos
- Que en el caso de autos, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de
- Por otra parte, el Auto de Vista incurre en infracción de norma penal sustantiva cuando
- Que de acuerdo a la nueva filosofía de la Ley 1970 y a la línea
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia , en aplicación del
- Para fines del Art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, quince de octubre de dos mil cinco
- Proveido.- Ruth Burgos Bonilla- Secretaria de Cámara.
