POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia , en aplicación del
POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia , en aplicación del Art. 419 del Código de Procedimiento Penal, DEJA SIN EFECTO el Auto de Vista impugnado y determina que la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dicte nuevo fallo conforme a la doctrina legal establecida y las normas legales previstas para el caso en concreto
- CONSIDERANDO: que, a fs
- CONSIDERANDO: que, la querellante mediante su apoderada recurre de casación con los fundamentos que contiene
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- CONSIDERANDO: que, admitido el recurso de casación, corresponde en el marco legal, analizar los fundamentos
- Que en el caso de autos, la Sala Penal Primera de la Corte Superior de
- Por otra parte, el Auto de Vista incurre en infracción de norma penal sustantiva cuando
- Que de acuerdo a la nueva filosofía de la Ley 1970 y a la línea
- POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia , en aplicación del
- Para fines del Art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, quince de octubre de dos mil cinco
- Proveido.- Ruth Burgos Bonilla- Secretaria de Cámara.
