Auto Supremo AS/0436/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0436/2005

Fecha: 15-Oct-2005

CONSIDERANDO: que, de la revisión y análisis cuidadoso de los precedentes invocados por el recurrente


CONSIDERANDO: que, de la revisión y análisis cuidadoso de los precedentes invocados por el recurrente Carlos Eduardo Frías Velasco, como contradictorio al Auto de Vista impugnado, tenemos lo siguiente:

1.- En cuanto a la denuncia de pérdida de competencia.- Respecto de que se hubiera emitido la resolución fuera del plazo estatuido por ley; la jurisprudencia, sienta doctrina sobre alguna institución jurídica o algún punto no aclarado por el Código, no constituyendo fuente productora de derecho penal; sino que se traducen en criterios interpretativos teleológicos del sentido y alcance de la ley sobre un caso particular, la que debe ser modificada y modulada conforme el avance del derecho procesal penal