Auto Supremo AS/0315/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0315/2005

Fecha: 07-Nov-2005

En definitiva, las cuestiones fácticas que el recurrente alega como vicios de nulidad, no generaron


En definitiva, las cuestiones fácticas que el recurrente alega como vicios de nulidad, no generaron perjuicio al demandado, no incidieron en su derecho a la defensa y menos fueron trascendentes en el resultado del fallo, de modo que justifique la nulidad impetrada