- AUTO SUPREMO Nº 315 - Social Sucre, 07 de noviembre de 2005
- PARTES: Mario Anaya Flores y otros. c/ Faisal Sadud Quinteros
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- Inobservancia de los arts
- CONSIDERANDO: Que revisado los antecedentes procesales, con relación al recurso de casación interpuesto, se concluye
- Asimismo, el hecho que no se haya arrimado su memorial por el que solicitaba nuevo
- En definitiva, las cuestiones fácticas que el recurrente alega como vicios de nulidad, no generaron
- Sin embargo de lo anterior, los presupuestos de hecho que el recurrente expone como premisas
- 3) Por último y en lo que respecta a la alegada prescripción, este Tribunal no
- Consecuentemente y no encontrándose justificadas las alegaciones del recurso, corresponde resolver el mismo en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario del abogado de la parte demandante en Bs
- Ministro Relator: Carlos Rocha Orosco
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Alberto Ruiz Pérez
- Sucre, 07 de noviembre de 2005
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.-Secretario de Cámara.
