CONSIDERANDO: que contra este Auto de Vista de fojas 72 a 78 Pedro Flores Churata
CONSIDERANDO: que contra este Auto de Vista de fojas 72 a 78 Pedro Flores Churata recurre de casación, siendo formalmente admitido por Auto Supremo de Nº 81 de 18 de Marzo de 2005 saliente a fojas 84 y vuelta del cuaderno procesal, correspondiendo en consecuencia el análisis del recurso por parte de este Tribunal para resolverlo en alguna de las formas previstas por el artículo 419 segundo párrafo del Código Adjetivo Penal
- PARTES: Francisco López Ibarra c/ Pedro Flores Churata
- Asesinato
- MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
- CONSIDERANDO: que una vez tramitado el proceso oral, público y contradictorio, el Tribunal de Sentencia
- Que contra este fallo Pedro Flores Churata, mediante memorial de fojas 65 a 71, formula
- CONSIDERANDO: que contra este Auto de Vista de fojas 72 a 78 Pedro Flores Churata
- En suma, manifiesta que en el transcurso del juicio penal, oral, público y contradictorio se
- CONSIDERANDO: que del examen de los antecedentes que cursan en el proceso, con relación a
- 2
- 4
- 5
- 6
- Consecuentemente, por la fundamentación inserta en la presente resolución, el recurso formulado por Pedro Flores
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Sucre, once de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
