CONSIDERANDO: que si bien Dionicia Mérida Escobar, interpone el recurso de casación dentro del término
CONSIDERANDO: que si bien Dionicia Mérida Escobar, interpone el recurso de casación dentro del término de los cinco días como prescribe la primera parte del articulo 417 de la Ley 1970; expresa que "Adjunta precedentes contradictorios" aspecto que no es evidente porque conforme consta en el cargo de recepción del Notario de Fe Pública este dice: "Fue presente en mi domicilio notarial el abogado Juan Adalid Mamani, que presentó el memorial con el recurso extraordinario para que sea presentado ante la autoridad.." y por otra parte olvida, la recurrente que en los precedentes invocados debe señalar el numero, fecha y la Sala Penal que emitió la resolución, porque no basta citar los Autos de Vista sin indicar la fecha de los mismos y el Tribunal Ad-quem que pronuncia la resolución para la correspondiente comparación. También olvida la imputada que las sentencias que invoca de manera incompleta y que hubieran sido dictadas por los jueces o tribunales técnicos, no constituyen precedentes contradictorios a tenor del artículo 416 de la Ley 1970 que establece: el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores de Justicia o por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. En ese sentido el Tribunal de Casación ha emitido el Auto Supremo N° 41 de 22 de enero de 2004 entre otros más; éstas circunstancias limitan a éste Tribunal la consideración del recurso por falta del cumplimiento de los requisitos formales, por lo que corresponde declararlo inadmisible conforme el artículo 418 del mismo cuerpo legal
- PARTES : Ministerio Público c/ Daniel Flores Condori y otra
- Transporte de sustancias controladas
- VISTOS: los recursos de casación de fojas 220 a 222 y 223 a 226 vuelta,
- CONSIDERANDO: que la sentencia de 8 de abril de 2005 de fojas 149 a 159
- Dicha resolución fue apelada y declarada admisible e improcedente las cuestiones planteadas en los recursos
- Que Daniel Flores Condori y Dionicia Mérida Escobar recurren de casación a fojas 220 a
- El imputado Daniel Flores Condori acusa que
- Que si bien Daniel Flores Condori, interpone el recurso de casación dentro del término de
- Esta forma de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no abra
- CONSIDERANDO: que la imputada Dionicia Mérida Escobar a fojas 223 a 226 vuelta, con similares
- 2
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- Invoca como precedentes contradictorios la sentencia N° 10/2004 y Auto de Vista N° 178/2004, proceso
- CONSIDERANDO: que si bien Dionicia Mérida Escobar, interpone el recurso de casación dentro del término
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en sujeción de
- Regístrese y devuélvanse actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
