Auto Supremo AS/0456/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0456/2005

Fecha: 07-Nov-2005

Esta forma de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no abra


Esta forma de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no abra su competencia para conocer el recurso, omisión que no puede suplir de oficio, por ser la base y sustento legal, para su admisión lo que deviene en inadmisible, conforme al artículo 418 del mismo cuerpo legal