VISTOS: los recursos de casación de fojas 220 a 222 y 223 a 226 vuelta,
VISTOS: los recursos de casación de fojas 220 a 222 y 223 a 226 vuelta, interpuestos por Daniel Flores Condori y Dionicia Mérida Escobar, respectivamente, impugnando el Auto de Vista N° 379/05 de 01 de agosto de 2005 de fojas 218 y vuelta, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra los recurrentes por el delito de transporte de sustancias controladas, que prevé el articulo 55 de la Ley 1008 y:
CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 de la Ley N° 1970, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas sustantivas y adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado respecto del precedente invocado
- PARTES : Ministerio Público c/ Daniel Flores Condori y otra
- Transporte de sustancias controladas
- VISTOS: los recursos de casación de fojas 220 a 222 y 223 a 226 vuelta,
- CONSIDERANDO: que la sentencia de 8 de abril de 2005 de fojas 149 a 159
- Dicha resolución fue apelada y declarada admisible e improcedente las cuestiones planteadas en los recursos
- Que Daniel Flores Condori y Dionicia Mérida Escobar recurren de casación a fojas 220 a
- El imputado Daniel Flores Condori acusa que
- Que si bien Daniel Flores Condori, interpone el recurso de casación dentro del término de
- Esta forma de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no abra
- CONSIDERANDO: que la imputada Dionicia Mérida Escobar a fojas 223 a 226 vuelta, con similares
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- Invoca como precedentes contradictorios la sentencia N° 10/2004 y Auto de Vista N° 178/2004, proceso
- CONSIDERANDO: que si bien Dionicia Mérida Escobar, interpone el recurso de casación dentro del término
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en sujeción de
- Regístrese y devuélvanse actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
