Que si bien Daniel Flores Condori, interpone el recurso de casación dentro del término de
Que si bien Daniel Flores Condori, interpone el recurso de casación dentro del término de los cinco días que prescribe la primera parte del articulo 417 de la Ley 1970, invocando como precedente contradictorio el Auto Supremo de 26 de noviembre de 2003; dicho precedente trata de un proceso por delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación en el que se dejó sin efecto el Auto de Vista impugnado y estableció la doctrina legal aplicable, manteniendo la culpabilidad de los imputados por el delito de transporte de sustancias controladas, por el cual fueron condenados porque no se consideró la agravante del articulo 38 inc. 2) del Código Penal. Jurisprudencia que ha seguido el Supremo Tribunal en cuanto a la sanción cuando concurre el presupuesto de "Volúmenes mayores de Droga", en cuanto a la fijación de la pena; no siendo por dichas situaciones ese precedente, aplicable a este caso, porque de la lectura detallada del recurso, su pretensión jurídica busca la calificación jurídica por otro delito; además el recurrente no especificó en que consiste la contradicción del fallo que se pretende rever
- PARTES : Ministerio Público c/ Daniel Flores Condori y otra
- Transporte de sustancias controladas
- VISTOS: los recursos de casación de fojas 220 a 222 y 223 a 226 vuelta,
- CONSIDERANDO: que la sentencia de 8 de abril de 2005 de fojas 149 a 159
- Dicha resolución fue apelada y declarada admisible e improcedente las cuestiones planteadas en los recursos
- Que Daniel Flores Condori y Dionicia Mérida Escobar recurren de casación a fojas 220 a
- El imputado Daniel Flores Condori acusa que
- Que si bien Daniel Flores Condori, interpone el recurso de casación dentro del término de
- Esta forma de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no abra
- CONSIDERANDO: que la imputada Dionicia Mérida Escobar a fojas 223 a 226 vuelta, con similares
- 2
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- Invoca como precedentes contradictorios la sentencia N° 10/2004 y Auto de Vista N° 178/2004, proceso
- CONSIDERANDO: que si bien Dionicia Mérida Escobar, interpone el recurso de casación dentro del término
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en sujeción de
- Regístrese y devuélvanse actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
