Auto Supremo AS/0457/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0457/2005

Fecha: 15-Nov-2005

CONSIDERANDO: que de los datos y pruebas que informan el proceso se establece que como


CONSIDERANDO: que de los datos y pruebas que informan el proceso se establece que como consecuencia de las investigaciones realizadas por miembros de la FELCN de la ciudad de La Paz, se realizó en fecha 21 de febrero de 1997 el operativo efectuado por efectivos antidroga en el inmueble situado en la urbanización "25 de julio", zona Río Seco, calle "Chisi" Nº 1015 de la ciudad de "El Alto", donde se incautaron siete garrafas de gas licuado conteniendo en su interior cocaína, procediéndose a la detención de Roberto Huamán Vargas, Américo Huamán Vargas, Agustín Romero Gozme, Alfonso Figueroa Chaupis y Ramiro Machicado Quispe; que al percatarse de la presencia de efectivos de narcóticos pretendieron darse a la fuga, siendo detenidos igualmente Abelardo Santiago Quispichito y Floro Bañicos Sossa, ambos de nacionalidad peruana; que posteriormente es detenido Francisco Huamán Vargas por efectivos de Seguridad del Penal de San Pedro, estableciéndose que el mismo día en que se realizaba el operativo estaba hospedado en el alojamiento España bajo un nombre falso. Que a tiempo de revisar el contenido de las garrafas se detectó una sustancia de color y olor característicos a cocaína que luego de la prueba de narco test dio resultado positivo para cocaína, habiéndose incautado la cantidad de 122.760 gramos de pasta base de cocaína, la misma que fue transportada desde la ciudad de Juliaca (Perú) camuflada en el interior de las siete garrafas indicadas hasta la ciudad de El Alto. Que posteriormente, por las pruebas aportadas, se estableció que el principal personaje de la organización delictual es Agustín Romero Gozme, quien conjuntamente con Roberto Huamán Vargas y Alfonso Figueroa Chaupis realizaban actividades de narcotráfico, así como se estableció que Abelardo Santiago Quispichito, Francisco Huamán Vargas y Floro Bañicos Sossa participaron en los hechos delictivos en grado de complicidad