Que del examen de los antecedentes que fluyen del expediente, con relación a las infracciones
Que del examen de los antecedentes que fluyen del expediente, con relación a las infracciones acusadas en el recurso deducido, se establece que el Ad-quem ha ejercido plenamente la facultad que le otorga el articulo 135 del Código Adjetivo de la materia a tiempo de pronunciar el fallo recurrido, habiendo procedido correctamente de conformidad a la convicción jurídica formada en base al análisis de los datos que informan el proceso y la valoración de las pruebas aportadas, sin haber incurrido en error alguno, dada la existencia de plena prueba que acredita la comisión de los delitos endilgados; puesto que en fecha 24 de febrero de 2000, Edilberto Yucra L. (médico escolar) en ocasión de realizar la revisión médica semanal a los niños de la escuela "Maria Riquelme" de Cochabamba, procedió al chequeo de Marcelo Juarez S., a quien ordenó desnudarse y cubriéndole los ojos con una sabanilla pretextando la realización de pruebas de sensibilidad en el niño circuncidado sometiéndole a una serie de actos lascivos y finalmente lo violó advirtiéndole que no avisara a nadie
- Lizarazu. Violación agravada y otro
- MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- VISTOS: el recurso de nulidad y /o casación interpuesto por Cleto Edilberto Yucra Lizarazu de
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- CONSIDERANDO: que del análisis de los datos del proceso se establece que en primera instancia
- Que de conformidad al articulo 135 del Código de Procedimiento Penal, la valoración de todos
- Que del examen de los antecedentes que fluyen del expediente, con relación a las infracciones
- En lo concerniente a los aspectos denunciados de nulidad no son tales pues si bien
- Respecto al quantum de la pena, es menester establecer que: el Tribunal de Alzada en
- CONSIDERANDO: que, al amparo de la Sentencia Constitucional N° 101/2004/ de 14 de septiembre de
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Sucre 15 de noviembre de 2005
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
