Auto Supremo AS/0083/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0083/2005

Fecha: 12-Dic-2005

2) Estas horas extraordinarias se cancelan por horas efectivas de trabajo desarrollado, actividad que los


2) Estas horas extraordinarias se cancelan por horas efectivas de trabajo desarrollado, actividad que los trabajadores y empleados declarados en comisión no pueden desempeñar, como acontece en el caso presente, siendo la Contraloría General de la República, que al advertir el pago por este concepto hizo las observaciones pertinentes