En apelación formulada por los demandantes, la indicada Sala Social y Administrativa, mediante el auto
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 187-190, interpuesto por Santos Castro Osinaga, por si y en representación de José Aguilera Cuellar, Erwin Barba Suárez y Francisco Mercado Vaca, trabajadores declarados en comisión del Sindicato de AASANA Regional Santa Cruz, contra el auto de vista Nº 179, de fs. 183, pronunciado el 15 de mayo de 2001, por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso laboral seguido por el recurrente y sus representados, contra AASANA Regional Santa Cruz; el auto de fs. 191, por el que se concedió el recurso de casación, el dictamen fiscal de fs. 193, y todo cuanto ver convino y se tuvo presente para resolución, y;
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso social, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, el 9 de enero de 2001, emitió sentencia a fs. 163-165, declarando improbada la demanda, con costas.
En apelación formulada por los demandantes, la indicada Sala Social y Administrativa, mediante el auto de vista de fs. 183, confirmó la sentencia
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Laboral
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En apelación formulada por los demandantes, la indicada Sala Social y Administrativa, mediante el auto
- Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal Supremo, su análisis
- Por otra parte, con el fin de consolidar la estabilidad y promover el crecimiento económico,
- En el caso presente, analizando los documentos de fs
- II.- A más de lo expresado anteriormente corresponde puntualizar lo siguiente
- 2) Estas horas extraordinarias se cancelan por horas efectivas de trabajo desarrollado, actividad que los
- 3) Se advierte que el recurrente no discrimina a cabalidad sobre el recurso de casación
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II
