POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el art. 60 numeral 1) de la L.O.J., de acuerdo con el dictamen fiscal de fs. 193, declara INFUNDADO, el recurso de casación de fs. 187-190, con costas
- DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Laboral
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- En apelación formulada por los demandantes, la indicada Sala Social y Administrativa, mediante el auto
- Esta resolución, motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal Supremo, su análisis
- Por otra parte, con el fin de consolidar la estabilidad y promover el crecimiento económico,
- En el caso presente, analizando los documentos de fs
- II.- A más de lo expresado anteriormente corresponde puntualizar lo siguiente
- 2) Estas horas extraordinarias se cancelan por horas efectivas de trabajo desarrollado, actividad que los
- 3) Se advierte que el recurrente no discrimina a cabalidad sobre el recurso de casación
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II
