Auto Supremo AS/0227/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0227/2005

Fecha: 13-Dic-2005

Señala que la juez de instancia ha incurrido en error de derecho al aplicar el


Señala que la juez de instancia ha incurrido en error de derecho al aplicar el art. 378 del Código de Procedimiento Civil, que si bien es evidente ordenó se sometan las partes a un análisis de ADN, sin embargo no fijó los puntos de la pericia, no designó al perito, dejando al arbitrio de las partes el contratar quién realice dicho examen, el hecho de que no se sepa en qué laboratorios nacionales se pueda efectuar tal labor científica no constituye de ninguna manera presunción de no someterse a dicho peritaje, de ahí que al haber ordenado un peritaje sin designar al perito, ha aplicado indebidamente y con error las normas contenidas en los arts. 430 y siguientes del Código de Procedimiento Civil