Auto Supremo AS/0479/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0479/2005

Fecha: 08-Dic-2005

2) Que la garantía constitucional de la presunción de inocencia es de obligatoria observancia por


2) Que la garantía constitucional de la presunción de inocencia es de obligatoria observancia por jueces y tribunales de la República, quienes por prohibición expresa del artículo 167 del Código Procesal Penal no pueden fundar decisión con base o fundamento en actividad procesal defectuosa