Auto Supremo AS/0123/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0123/2005

Fecha: 27-Abr-2005

En el caso presente, no se ha emitido aún la Ordenanza prevista por el art


En el caso presente, no se ha emitido aún la Ordenanza prevista por el art. 87 de la Ley Orgánica de Municipalidades, que justifique la anulación del proyecto de expropiación, por ello, este se encuentra incompleto, no teniendo la justicia ordinaria competencia para resolver aspectos pendientes de procedimientos administrativos de expropiación, pese a que los arts. 8º y 22 del Decreto Supremo Reglamentario antes referido, prevén que el pago debe efectuarse antes del desahucio u ocupación, aspecto que no corrió en el caso presente