Auto Supremo AS/0134/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0134/2005

Fecha: 06-May-2005

POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,


Por las razones anotadas, se concluye que no son ciertas las violaciones acusadas en el recurso, al contrario el auto de vista realiza correcta interpretación y se ajusta a las normas en vigencia.

No se analiza las otras excepciones previstas por el inc. 4) del art. 336 del compilado adjetivo, por no estar comprendidas entre las causales de casación previstas por el art. 255 de igual norma, con relación al art. 26 inc. 3) de la Ley 1760.

POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la competencia que le asigna el art. 58 num. 1) de la Ley de Organización Judicial, con la facultad que le confiere los Arts. 271 inc. 2) y 273 del Pdto. Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 156 a 158, con costas