Auto Supremo AS/0175/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2005

Fecha: 24-May-2005

Que, contrariamente al principio de "celeridad procesal", los jueces que conforman el Tribunal Segundo de


Que, contrariamente al principio de "celeridad procesal", los jueces que conforman el Tribunal Segundo de Sustancias Controladas de Santa Cruz señalan audiencia de apertura de debates para el 11 de octubre de 2000, (fojas 39 y acta de fojas 41), es decir, transcurridos tres meses y cuatro días de la fecha de confesión de la procesada, pese a que ésta ofreció, mediante memorial de fojas 38, prueba testifical de descargo en fecha 15 de agosto de 2000. A fojas 43 se señala audiencia de prosecución de los debates para el 1º de noviembre de 2000, que es suspendida por inasistencia del representante del Ministerio Público, (fojas 43), motivo por el cual se realiza nuevo señalamiento de audiencia para el día 16 de noviembre de 2000, audiencia que también es suspendida, por segunda vez, por inasistencia del representante del Ministerio Público, (fojas 45)