CONSIDERANDO III: Que, en el caso sub-lite, se concluye que los de instancia, sólo se
CONSIDERANDO III: Que, en el caso sub-lite, se concluye que los de instancia, sólo se abocaron a resolver la excepción de prescripción interpuesta por Fonvis, sin advertir que esta resolución es incompleta e incongruente; porque deja un vacío procesal al no haber resuelto no sólo la tercería de dominio excluyente de Walter Ezequiel Molina, interpuesto por memorial de fs. 210 (no obstante lo ordenado por auto de vista de fs. 615-616 vta.), sino también la excepción de prescripción opuesta por Fonvis contra dicha tercería por memorial de fs. 654-655, así como las pretensiones de los adjudicatarios y representantes de la junta vecinal Casanova (estos últimos demandados como "presuntos propietarios o interesados") y; en segunda instancia, tampoco fue atendido el recurso de apelación planteado por el tercerista por memorial de fs. 663-664; es decir las resoluciones de instancia no dan solución a ninguna de las pretensiones de las partes
- AUTO SUPREMO: Nº 203 Sucre, 17 de junio de 2.005
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, mediante auto No
- Que, en grado de apelación, mediante auto de vista No
- Que, contra este auto de vista, los demandantes plantean recurso de nulidad o casación, para
- CONSIDERANDO II: Que, es deber del Tribunal Supremo fiscalizar intra proceso, si los tribunales inferiores
- Que, del análisis de todo lo obrado, se evidencia que sus signatarios no hicieron una
- CONSIDERANDO III: Que, en el caso sub-lite, se concluye que los de instancia, sólo se
- En efecto, si bien es cierto que la excepción anómala de prescripción puede interponerse en
- Que, en la especie, al haber dictado el juez de primera instancia, el auto de
- Que, así analizado el proceso, se advierte que existe incongruencia en la resolución recurrida, contradicción
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- No siendo excusable las omisiones analizadas, se multa tanto al juez de primera instancia como
- Se recomienda mayor cuidado en la foliación del expediente, por cuanto existen tres foliaciones que
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
