CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso ordinario, la Juez Primero de Partido en lo Civil y
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VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 248-250, deducido por Jaime Alberto Iriarte Reyes Ortiz, contra el auto de vista de fs. 242-243, dictado el 17 de septiembre de 2003, por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, dentro del proceso ordinario seguido por Hugo Vargas Palenque en representación de Ernesto, Alvaro Suárez Sattori y Mirtha Mercedes Sattori vda. de Suárez, contra el recurrente, la concesión del recurso mediante auto de fs. 257, y todo lo demás que ver convino y se tuvo presente para resolución; y
CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso ordinario, la Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de Trinidad, emitió la sentencia No. 33/03 de 21 de julio de 2003, cursante a fs. 211-218, por la que declaró probada la demanda de fs. 29-32, probadas las excepciones a la reconvención; e improbada la demanda reconvencional y las excepciones planteadas en el otrosí 2do. del memorial de fs. 60-62, sin costas
- AUTO SUPREMO: Nº 293 Sucre, 13 de septiembre de 2.005
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso ordinario, la Juez Primero de Partido en lo Civil y
- Formulada la apelación de fs
- Esta resolución motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo a
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal su análisis y
- El demandado por su parte, por intermedio de su apoderado Jaime Rodolfo Bascopé, niega los
- En apelación deducida por el demandado, la nombrada Sala Civil, pronuncia el auto de vista
- III
- IV
- Este extremo no fue argüido en el curso del proceso y sólo se lo hace
- Dentro de este contexto, la demanda se halla dirigida única y exclusivamente contra el nombrado
- De lo manifestado anteriormente, se concluye que el recurrente no ha demostrado la causales de
- V
- VI
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
