De lo manifestado anteriormente, se concluye que el recurrente no ha demostrado la causales de
De lo manifestado anteriormente, se concluye que el recurrente no ha demostrado la causales de nulidad alegadas, por cuanto no ha evidenciado que se hubiesen conculcado sus derechos constitucionales o de naturaleza adjetiva, ya que toda nulidad obedece a un texto legal que así lo determine
- AUTO SUPREMO: Nº 293 Sucre, 13 de septiembre de 2.005
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO: Que, tramitado el proceso ordinario, la Juez Primero de Partido en lo Civil y
- Formulada la apelación de fs
- Esta resolución motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo a
- CONSIDERANDO: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, corresponde a este Tribunal su análisis y
- El demandado por su parte, por intermedio de su apoderado Jaime Rodolfo Bascopé, niega los
- En apelación deducida por el demandado, la nombrada Sala Civil, pronuncia el auto de vista
- III
- IV
- Este extremo no fue argüido en el curso del proceso y sólo se lo hace
- Dentro de este contexto, la demanda se halla dirigida única y exclusivamente contra el nombrado
- De lo manifestado anteriormente, se concluye que el recurrente no ha demostrado la causales de
- V
- VI
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Segunda.
