Auto Supremo AS/0311/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0311/2005

Fecha: 14-Sep-2005

Regístrese y devuélvase


POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el art. 58 numeral 1) de la L.O.J., de acuerdo en parte con el dictamen fiscal de fs. 182-183, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 174-175, sin costas, por las aclaraciones insertas en esta resolución.

Relator:Ministro Dr. Juan José González Osio.

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