Auto Supremo AS/0318/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2005

Fecha: 26-Sep-2005

De esta resolución recurre en nulidad o casación el querellante Jaime Cadena Avinchez con el


De esta resolución recurre en nulidad o casación el querellante Jaime Cadena Avinchez con el siguiente fundamento:

Que el Auto de Vista impugnado, no toma en cuenta a las víctimas múltiples por la conducta de las procesadas, que la sentencia de fojas 845 y el Auto de Vista recurrido son muy contemplativos con las estafadoras, no sólo con los días multa (60 días) sino en la tipificación y en la sanción, olvidándose dar aplicación a los artículos 337 del Código Penal y artículo 55 de la Ley de modificaciones al Código Penal, por lo que solicita al máximo Tribunal de Justicia de la Nación, que previo análisis y revisión exhaustiva de los antecedentes y deliberando en el fondo, casen el Auto de Vista recurrido y las condenen a las procesadas a sufrir la pena privativa de libertad de diez años en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes