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    Auto Supremo AS/0318/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0318/2005

    Fecha: 26-Sep-2005

    Sucre, veintiséis de septiembre de dos mil cinco


    Relator: Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada

    Regístrese y hágase saber

    Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada

    Dra. Rosario Canedo Justiniano

    Sucre, veintiséis de septiembre de dos mil cinco
    • CONSIDERANDO: que el Juez de Partido Octavo en lo Penal de la ciudad de La
    • De esta resolución recurre en nulidad o casación el querellante Jaime Cadena Avinchez con el
    • CONSIDERANDO: que de la revisión del cuaderno procesal, se tiene que Jaime Cadena Avinchez y
    • CONSIDERANDO: que en análisis de la conducta ilícita por las cuales fueron procesadas, las imputadas,
    • Que las resoluciones impugnadas tampoco violan norma sustan-tiva o adjetiva penal en la imposición de
    • CONSIDERANDO: que habiendo el Ministerio Público considera-do de oficio lo relativo a la extinción de
    • De la revisión del cuaderno procesal se establece que en la tramitación de la causa
    • POR TANTO: La Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
    • Sucre, veintiséis de septiembre de dos mil cinco
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.

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